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Documento completo .doc en castellano
· Les relaciones comerciales entre la Unión Europea e Israel La Unión Europea es el principal proveedor comercial de Israel. El 40% de la importaciones israelíes vienen de la Comunidad Europea (primer proveedor al nivel mundial) y el 30 % de las exportaciones de Israel están destinadas a Europa (que es el segundo cliente más grande de Israel). Desde 1990 hasta el presente, en el marco de la Asociación Euromediterránea y del Acuerdo de Libre Asociación, las importaciones y exportaciones entre las dos partes han triplicado . Hoy en día, la cooperación entre la UE y Israel se traduce en numerosos acuerdos. · Las relaciones comerciales entre España e Israel Desde que en 1986 el gobierno del PSOE decidiera formalizar las relaciones diplomáticas del Estado español con Israel, las relaciones económicas y comerciales bilaterales no han hecho más que aumentar. El estado español se ha convertido en menos de 15 años en el décimo primer socio comercial de Israel (detrás de EEUU, Bélgica, Alemania, Gran Bretaña, Italia, Suiza, Holanda, Francia, Japón y Hong Kong). En el año 2003, las exportaciones israelíes hacia España sumaban 506 millones de dólares y las importaciones de Israel procedentes de Europa, 623 millones de dólares . Así mismo, Israel es el principal mercado del estado español en Oriente medio. Israel exporta a España principalmente productos relacionados con su industria química, fertilizantes, semillas, maquinaria agrícola y de riego, productos plásticos, productos relacionados con la industria de las telecomunicaciones y de software, equipamiento medico, etc. Es significativo conocer que algunas de las empresas del Estado español reciben asesoramiento y tecnología media y punta israelí relacionadas con la irrigación o la desalinización de aguas (especialmente en las zonas de Andalucía, Murcia - donde 40% de las áreas cultivadas se riegan con sistema israelí de goteo- y Levante o las Islas Canarias - con sus 55 plantas desalinizadoras de producción israelí). Datos: embajada Israel Desde los años 80 hasta la actualidad, el estado español ha intensificado la firma de acuerdos y convenios bilaterales con Israel hasta la veintena (se destaca especialmente el Acuerdo de Cooperación para la Investigación y Desarrollo industrial firmado en 1993) LA COOPERACION ENTRE LA UNION EUROPEA Y PALESTINA La UE es el primer proveedor de fondo para el desarrollo palestino. De 1994 al final del 2002, la UE invirtió aproximadamente mil millones de euros en donaciones y prestamos mas 500 millones de euros en aportaciones al ACNUR. Para el mismo periodo, la ayuda bilateral de los estados miembros esta estimada a unos 2.5 mil millones de euros . En 2002, en opinión del Banco Mundial, los daños físicos que las operaciones del ejército israelí habían ocasionado a la infraestructura y las instituciones palestinas se elevaban a unos 300 millones de dólares de los cuales la mitad de los daños corresponden a la ciudad de Naplus y al campo de refugiado de Jenin. En febrero del 2002, la Comisión Europea, rama ejecutiva de la
UE, calculo que los daños causados por los ataques israelíes
en proyectos palestinos financiados por la UE, incluyendo el aeropuerto
y el puerto de la Franja de Gaza, la oficina de estadística palestina
y la corporación de radiodifusión ascendían a 17
millones de euros.
En el año 1997, la Unión Europea firmó con la OLP
un acuerdo similar (Acuerdo provisional de asociación CCE-OLP)
al firmado con Israel. Sin embargo su ejecución es casi imposible
ya que todas las exportaciones palestinas tienen que transitar por Israel.
Para que este acuerdo pudiera funcionar, el bloqueo del territorio palestino
por parte de Israel, tendría que finalizar. En el terreno económico, la UE y Israel firmaron en el año 1995 el "Acuerdo Euromediterráneo de Asociación" (entró en vigor en junio del 2000) con el fin de aumentar el dialogo político, la cooperación económica y el desarrollo del libre comercio entre las dos partes. Este acuerdo establece que: Prevea que un Consejo de asociación, compuesto por representantes de las dos partes, tiene que vigilar su buena aplicación. Sin embargo, este acuerdo tiene cláusulas que son sistemáticamente
violadas: - " el respeto de los principios democráticos y de los Derechos
Humanos, que inspira su política interior y exterior" (art.
2) Israel viola continuamente la legalidad internacional y los Derechos Humanos. Desde el año 1967, Israel ocupa ilegalmente Jerusalén este, Cisjordania y la Franja de Gaza sometiendo al pueblo palestino a vivir bajo asedio. Desde entonces, los sucesivos gobiernos israelíes llevan a cabo una política de limpieza étnica (colonización de tierras, restricción de movimientos, destrucción de viviendas, política de apartheid, construcción del muro) caracterizada por la continua violación del Derecho Internacional y las resoluciones de la ONU. - la regla de origen (art. 83) que excluye del campo del acuerdo todo producto que provenga de los territorios ocupados. Hoy en día, Israel exporta a Europa productos fabricados en sus colonias beneficiándose fraudulentamente de un régimen preferencial . En efecto, el acuerdo limita su campo de aplicación al territorio del Estado de Israel (art. 83: "El presente Acuerdo será aplicable, por una parte, en los territorios en los cuales se aplican los Tratados constitutivos de la Comunidad Europea (...) y, por otra, en el territorio del Estado de Israel"). Dejar que Israel incluye sus asentamientos ilegales como parte del territorio del Estado, induciría que la comunidad no cumple su adhesión a 1. la prohibición consuetudinaria en contra de la anexión
unilateral del territorio ocupado por una Potencia Ocupante, La Comisión al sospechar "en particular que se están exportando a la Unión Europea como si fueran originarios de Israel productos originarios en realidad de Cisjordania o de la Franja de Gaza o bien de las implantaciones israelíes en Jerusalén Este, en los Altos del Golán, en Cisjordania o en la Franja de Gaza" publicó un "Anuncio de la Comisión a los importadores" en el Boletín Oficial de noviembre de 2001 que declaraba a los importadores que seguir importando tales productos podría conducir a una "custom debt" (deuda aduanaria) con el fin de preservar la responsabilidad legal y financiera de la Unión Europea. Así, "recomienda a los importadores europeos y autoridades aduaneras de los Estados miembros que tomen medidas de precaución en forma de depósito de garantía". El Parlamento Europeo recientemente (10 de abril de 2002) ha adoptado una resolución en la cual pide al Consejo y a la Comisión Europea de suspender el Acuerdo de Asociación Euromed . Esta resolución ha quedado en papel mojado al no dar cumplimiento, en el día de hoy, a tal resolución ni el Consejo ni la Comisión Europea. CONCLUSIONES
Texto
del Acuerdo comercial UE-Israel: Resolución del Parlamento Europeo del dia 10 de abril de 2002 demandando la suspensión del Acuerdo Comercial: Pide al Consejo y a la Comisión que convoquen urgentemente el Consejo de Asociación UE-Israel con objeto de trasmitir su posición al Gobierno israelí pidiéndole que cumpla con las últimas resoluciones de las Naciones Unidas y reaccione positivamente a los actuales esfuerzos de la Unión Europea por encontrar una solución pacífica al conflicto; pide a la Comisión y al Consejo que, en este contexto, incluyendo la suspensión del acuerdo de Asociación Euromediterráneo UE-Israel http://www.europarl.eu.int/meetdocs/delegations/mash/20020516/003A%20ES.pdf Document
recollida signaturas per la suspensió de l'Acord Comercial amb
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